Si no hay ninguna sorpresa de última hora, el Parlamento aprobará hoy la nueva ley del tabaco. Tras la primera norma de 2005, será la segunda ocasión que en España se regula el consumo de tabaco. Pero en esta ocasión para conseguir una de las legislaciones más restrictivas. La nueva norma indulta las fiestas de fin de año y entrará en vigor el 2 de enero. A partir de esa fecha, como norma general, estará prohibido fumar en todos los espacios públicos cerrados, aunque puede haber excepciones.
He aquí una guía para no perderse:
Bares, restaurantes y locales de ocio
No habrá opción para tomarse una copa con el pitillo encendido. Tampoco para fumarse un puro después de comer. Quien quiera fumar no podrá hacer la sobremesa en el local y deberá salir a la calle si no quiere correr el riesgo de que le multen. Como defendió en el Senado, el Partido Popular apoyará esta tarde una enmienda para que los establecimientos puedan habilitar un espacio para sus clientes fumadores, los famosos «cubículos» pero la medida no tiene muchas posibilidades de salir adelante. El PP pide que ese espacio ocupe el 30% de la superficie del local y que no entraran camareros para no perjudicar a los trabajadores. Con esta enmienda, el Partido Popular pretende que la prohibición de fumar no sea la puntilla a una hostelería que se asfixia por la crisis.
Bingos, casinos y salas de juego
En Estados Unidos, uno de los pioneros de las restricciones del tabaco, las salas de juego son el paraíso de los fumadores. En España también se ha pedido esta excepción. En el Senado se tumbaron los «cubículos» para fumadores en bares y restaurantes, pero se dejó la posibilidad abierta en las salas de juego. La condición es que estos espacios para fumadores no ocupen más del 30% de la superficie total del establecimiento y se instalen en lugares donde no se juegue. Tampoco podría estar atendido por empleados de los casinos o bingos. El PSOE fue el único grupo que no apoyó la iniciativa en la Cámara Alta y confía en eliminarla en el Congreso. Es improbable que salga adelante.
Club de Fumadores
Como es lógico, se podrá fumar con libertad. Aunque se ha dejado muy clara las condiciones que deben tener estos establecimientos para que no se convierta en un coladero. Se exigirán estatutos, censo de socios y que sean lugares sin ánimo de lucro. No tendrá personal, salvo los socios y no se podrá vender ningún tipo de producto. De esa manera se evita que bares y restaurantes sorteen la ley del tabaco e instalen clubs de fumadores en sus locales.
Hospitales y centros sanitarios
No se podrá fumar ni dentro ni en las proximidades, aunque se esté en el exterior. Esta es una de las excepciones de la norma. Desde el 2 de enero, los enfermos no tendrán que cruzar por una nube de humo para ver a su médico. Estará prohibido fumar en la puerta de los hospitales.
Psiquiátricos, geriátricos y prisiones
La ley permitirá que se habiliten zonas para fumadores en el interior de las instalaciones.
Parques infantiles y colegios
Es otra de las excepciones de la ley del tabaco. Para evitar dar un mal ejemplo a los niños no se podrá fumar en las puertas y perímetros de colegios y parques infantiles, aunque estén al aire libre.
Campus universitarios
La misma regla de los colegios se quería implantar para las Universidades, pero al final no ha salido esta restricción. Seguirá como ahora, estudiantes y profesores no podrán fumar en el interior del recinto, aunque sí en la puerta.
Plazas de toros
Los del tendido 7 de Las Ventas de Madrid podrán seguir fumando. La nueva legislación no acaba con el puro de los aficionados taurinos. Se podrá fumar salvo si la Fiesta se celebra en plazas de toros cubiertas que son cada vez más numerosas. Mientras estén abiertas se podrá fumar y en el momento en que se cierre la cubierta habrá que apagar el puro o el cigarrillo. En España hay casi una decena de plazas de toros cubiertas.
Estadios y acontecimientos deportivos
Aquí también rige la norma general. Se intentó prohibirlo en todos los recintos deportivos, sin éxito. Sí se podrá encender un pitillo cuando los espectáculos sean al aire libre. En estadios de fútbol, por ejemplo, se podrá fumar con libertad y no se podrá en las canchas de baloncesto. En instalaciones, como la Caja Mágica de Madrid, con cubierta practicable se seguirá la misma práctica que en las plazas de toros. Los cigarrillos se tendrán que apagar en el momento en que se cierren.
Terrazas y acristalamientos
Depende de cómo sean los cerramientos al aire libre. Sí estará permitido en las terrazas en las que haya una buena circulación de aire. La ley delimita claramente lo que es un sitio abierto. Como guía, basta con saber que se considera abierto un espacio que tenga dos paredes y un techo, como mucho.
Transporte público
Como hasta ahora, ni en taxis, ni autobuses, ni en el metro, tanto en los vagones como en los andenes. Tampoco hay una excepción para los autobuses turísticos de dos pisos. No importa que el segundo piso sea totalmente descapotable. Con la nueva ley no se podrá fumar aunque el fumador esté en el exterior.
Aeropuertos
Desaparecerán todos los puntos para fumadores del interior de los aeropuertos. Ni siquiera en Barajas, donde aún sobrevivía una zona de humo, se podrá. Los pasajeros fumadores deberán salir a la calle.
Hoteles
Tendrán que habilitar el 30% de sus habitaciones para fumadores y serán siempre las mismas.
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